El TSJ anula Madrid Central y deja un millón de multas en el aire
La sentencia también declara la nulidad del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se desarrollaba el régimen de gestión y funcionamiento de “Madrid Central”.
Prensa AEA. Una reciente sentencia dictada por la sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Madrid de Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha resuelto favorablemente el recurso interpuesto hace dos años por la asociación de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), contra la Ordenanza de Movilidad Sostenible de la Ciudad de Madrid y ha declarado, por sexta vez consecutiva, la nulidad de la Zona de Bajas Emisiones conocida como “Madrid Central”.
Además, la sentencia también declara la nulidad del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se desarrollaba el régimen de gestión y funcionamiento de “Madrid Central”, y determinaba qué usuarios y colectivos podían acceder a las más de 200 hectáreas del centro de la capital que con la nueva norma municipal quedaban restringidas, así como dos preceptos de la ordenanza que podrían invalidar todas las denuncias formuladas por los controladores del SER desde octubre de 2018.
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, esta sentencia “constituye un importante éxito jurídico de su organización defensora de los derechos de los automovilistas y pone en evidencia la precipitación con la que se puso en marcha “Madrid Central” y la falta de información que se dio a los ciudadanos”.
Escrito por: Colaborador ¦ 8 de Febrero del 2021