Es nulo condicionar la instalación del ascensor a que los vecinos morosos paguen la comunidad
La Audiencia Provincial considera que se crea un grave perjuicio para los propietarios que necesitan una alternativa de accesibilidad.
La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una reciente sentencia en la que establece que una junta de vecinos no puede posponer la instalación de un ascensor a que los vecinos morosos se pongan al día de los pagos de la comunidad. El tribunal destaca que se trata de un bien de primera necesidad para algunos vecinos, y además, su aprobación fue ratificada.
La demanda fue desestimada en primera instancia. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid revoca la sentencia y considera nulo el acuerdo impugnado por ocasionar un grave perjuicio personal al propietario demandante.
Escrito por: Colaborador ¦ 11 de Febrero del 2021